El pasado 24 de eenero de 2019 se publicó en el BOE la resolución por la que se deroga el Real Decreto-ley 21/2018, de 14 de diciembre, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler.
Como consecuencia de dicha derogación,
– En caso de contratos de alquiler de vivienda para uso permanente que hayan sido formalizados entre el 19 de didiembre de 2018 y el 23 de enero de 2019, los arrendatarios están exentos de satisfacer el ITP.
– En caso de contratos formalizados a partir del 24 de enero de 2019, y mientras que la normativa no sea nuevamente modificaca, el ITP vuelve a ser exigible.
Carretero Izquierdo