Los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 2.500 euros están exentos de impuestos.
La cuantía de los premios que supere los 2.500 euros debe tributar en el IRPF a un tipo fijo del 20 %.
Dicho impuesto será satisfecho en el momento del cobro del premio, ya que se practicará un rentención del 20 % por parte del pagador (que será el que después tendrá la obligación de ingresar el importe retenido en Hacienda).
Carretero & Izquierdo